
Canal Ético
Cumplimiento de la normativa y los valores éticos de las entidades
A fin de promover una verdadera cultura de cumplimiento, ASISPA y sus Entidades Participadas (en Adelante, «ASISPA» se referirá a la Asociación y al resto de Entidades Participadas y/o vinculadas a la misma), en consonancia con sus valores y principios, ha desarrollado un sistema de comunicación interno, en adelante denominado Canal Ético.
El Canal Ético es, por tanto, el medio a través del cual cualquier persona integrante de la Compañía o vinculada a la misma puede informar de forma anónima o personal sobre cualquier presunta irregularidad o acto contrario a la legalidad o las normas internas de los que se pueda derivar una responsabilidad civil y/o penal para ASISPA, de incumplimientos del Código de Conducta de la Organización y de la existencia de indicios o pruebas de comisión de delitos en su seno.
En base a lo allí contenido, ASISPA ha implantado procedimientos para facilitar canales de comunicación, a fin de que se comuniquen, de buena fe y sobre la base de indicios razonables, aquellas circunstancias que puedan suponer la materialización de un riesgo legal o penal para la Organización, así como incumplimientos o debilidades del Sistema de Gestión de Compliance.
La posible sanción por un comportamiento inadecuado no sólo incumbe al infractor sino, también, a quienes aprueben dichos comportamientos y/o tengan conocimiento de dichas actuaciones y no traten de subsanarlas o comunicarlas de inmediato a sus superiores jerárquicos o al gestor del Canal.
El Canal Ético es…
… un cauce confidencial para realizar comunicaciones relacionadas con irregularidades o infracciones del Código Penal, de los fundamentos de Derecho de la Unión Europea, de la integridad de la salud de las personas, de la Normativa de la Entidad, etc.

1. Objeto
El presente Protocolo tiene por objeto desarrollar lo dispuesto en el Manual y en la Política de Compliance Penal de ASISPA, y en lo relativo al desarrollo del funcionamiento del Canal Ético, los principios básicos por los que se rige, así como la tramitación, gestión, investigación y respuesta ante las comunicaciones que se reciban a través del mismo.


El Canal Ético está…
…a disposición de cualquier persona física o jurídica integrada o vinculada a nuestra Entidad.

2. Alcance y ámbito de actuación

Todos los miembros de ASISPA, incluida cualquier persona física o jurídica con la que tienen o prevén tener relaciones corporativas, institucionales, y de negocio, como asociados, órganos de gobierno y representación, órganos de asesoramiento, directivos, empleados, proveedores, prestadores de servicios externalizados, colaboradores, consultores y asesores (en adelante «miembros»), tendrán a su disposición el Canal Ético como cauce confidencial.
Las comunicaciones que se pueden realizar a través del Canal Ético son irregularidades relacionadas con:
- Cualquier conducta tipificada en el Código Penal y, en especial, aquellas que pudieran dar lugar a un beneficio directo o indirecto para ASISPA.
- Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea siempre que:
1.º Entren dentro del ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea enumerados en el anexo de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, con independencia de la calificación que de las mismas realice el ordenamiento jurídico interno;
2.º Afecten a los intereses financieros de la Unión Europea tal y como se contemplan en el artículo 325 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE); o
3.º Incidan en el mercado interior, tal y como se contempla en el artículo 26, apartado 2 del TFUE, incluidas las infracciones de las normas de la Unión Europea en materia de competencia y ayudas otorgadas por los Estados, así como las infracciones relativas al mercado interior en relación con los actos que infrinjan las normas del impuesto sobre sociedades o con prácticas cuya finalidad sea obtener una ventaja fiscal que desvirtúe el objeto o la finalidad de la legislación aplicable al impuesto sobre sociedades.
- Cualquier conducta que pudiera ser constitutiva de infracción administrativa grave o muy grave por implicar quebranto económico para la Hacienda Pública y/o para la Seguridad Social.
- Cualquier conducta o hecho que pudiera ser constitutivo de acoso sexual, por razón de sexo o laboral. Si bien dichas comunicaciones se regirán con arreglo a las disposiciones contenidas en el Protocolo de intervención frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo y el Protocolo de intervención frente al acoso laboral, respectivamente.
- Las violaciones del Código de Conducta, así como del resto de documentos que integran la normativa interna de ASISPA por parte de los directivos y empleados. (En adelante “Normativa”).
- Sospechas razonables, sobre infracciones reales o potenciales de la Normativa interna.
Se establece este Protocolo para garantizar que, de presentarse alguna actuación o potencial actuación contraria a lo establecido en la Normativa, la comunicación sobre la misma sea tratada de forma imparcial y confidencial adoptando las medidas oportunas para proteger los intereses de ASISPA, sus miembros y el cumplimiento efectivo de la citada Normativa.
La confidencialidad es…
… un principio básico y un compromiso ineludible de nuestro Canal Ético. La identidad de la persona informante será confidencial a lo largo de todo el proceso.

3. Principios básicos
Los principios que rigen el funcionamiento y gestión del Canal Ético de ASISPA son los siguientes:
- Confidencialidad
Compromiso inequívoco de garantía de confidencialidad, a lo largo de todo el proceso, sobre la identidad de las personas que hagan uso del mismo y sobre el contenido de sus comunicaciones y comparecencias.
- Buena fe
Las comunicaciones que se efectúen a través del Canal Ético serán realizadas desde la honradez, con convicción en cuanto a la verdad o exactitud de su objeto. Las comunicaciones tendrán consideración de veraces, completas y precisas, incluso aunque, posteriormente, se verifique que su contenido era equívoco.
- Prohibición de represalias
Se garantiza que no se producirán represalias o cualquier tipo de consecuencias negativas contra nadie que comunique de buena fe una posible mala conducta o que ayude con una investigación.
- Proporcionalidad
Todas las notificaciones recibidas serán tratadas de forma equivalente, con independencia de quién sea el remitente.
Si realizas una comunicación…
… a través de nuestro Canal Ético podrás contar con la ayuda de un gestor especializado para ayudarte en el proceso.

4. Características del Canal Ético
Las características principales del Canal Ético de ASISPA son las siguientes:
- Anonimato
Se garantiza la posibilidad de interposición de comunicaciones anónimas, entendiéndose por tales aquellas que no contengan referencia alguna de la persona informante.
- Área Privada
Cuando un informante comunique cualquier comportamiento, acción o hecho que pueda ser constitutivo de delito, infracción del Código de Conducta u otras normas y procedimientos internos, la herramienta genera un código para que el comunicante pueda:
- Llevar un seguimiento del estado de la comunicación.
- Comunicarse con el gestor del Canal Ético a través de un chat.
Debes conocer nuestro Canal Ético…
… y entender su finalidad para comprender la importancia de su existencia como herramienta de mejora para la Entidad y el bienestar de todas las personas que la conforman.

5. Difusión
Con el objetivo de que el Canal Ético sea efectivo, es importante asegurar que todos los miembros de ASISPA:
- Conozcan la existencia del mismo.
- Entiendan su finalidad.
- Estén convencidos de la conveniencia de poner en conocimiento de la organización posibles irregularidades o hechos que puedan ser constitutivos de delito de los que puedan tener conocimiento.
- Conozcan los derechos que les asisten.
- Tengan confianza de que las comunicaciones se tramitarán con objetividad y equidad.
La existencia del Canal Ético será comunicada a los miembros de ASISPA a través de un comunicado interno en el que se indique el lugar, la forma de acceder al mismo y sus posteriores pasos.
Nuestro Canal Ético tiene…
… dos vías de comunicación principales. Conócelas.

6. Medios para la comunicación de las comunicaciones
ASISPA pone a disposición de todos sus miembros, los siguientes medios para efectuar las comunicaciones:
- Página web: https://report.uhy-fay.com/asispa
- Dirección postal: C/ Serrano, 1. 28001 Madrid (ref. Canal Ético – «Confidencial y Personal») UHY Fay & Co. A la atención del Gestor externo del Canal Ético de ASISPA.
Para la comunicación que se realice a través de la dirección postal, se dispone de un formulario de que se acompaña al presente programa como Anexo III, que tiene carácter facultativo.